SI NO EXISTE PUBLICIDAD, TRANSPARENCIA Y CONTROL SIEMPRE HABRÁ CORRUPCIÓN
- Marcelo R. Soza Álvarez

- 20 may 2020
- 4 min de lectura

Fotografía obtenida de google.
Las consecuencias de la irresponsabilidad del servidor público de no rendir cuentas de sus actos es el comienzo de una corrupción generalizada
Vimos de cerca como durante todos estos años la corrupción fue parte de los gobiernos que dirigieron nuestro país, y en estos últimos tiempos, no hesitaron en practicarlo impunemente, además diría yo, habiendo hecho esa práctica una forma de vida, eso se debe a la falta de educación y moralidad de nuestros mal llamados gobernantes.
Para entrar en contexto y explicar del porque los gobernantes están obligados a rendir cuentas al pueblo, haré una escueta explicación del como algunos principios constitucionales, se tornan importantes para el buen funcionamiento de la administración pública.
Accountability es una expresión inglesa acuñada allá por el siglo XVI para referirse a la rendición de cuentas que el Rey debía hacer al pueblo.
Ya en nuestros tiempos, las constituciones modernas lo adoptaron para la eficiencia y eficacia de la administración pública, para que el ciudadano en resguardo de sus derechos, tenga conocimiento en que y como son utilizados los recursos públicos confiados a los gobernantes.
Esto no es extraño en nuestro ordenamiento jurídico, porque no solo nuestra constitución la adopta en su artículo 232 sino también en leyes específicas como la ley 004 de lucha contra la corrupción enriquecimiento ilícito e investigación de fortunas; o la ley 974 de unidades de transparencia y lucha contra la corrupción entre otras disposiciones específicas sobre la materia.
Dentro de los principios básicos que sustentan la administración pública en el país, tenemos como base de nuestra democracia, la publicidad; transparencia; ética y otros mas que hacen que esa función, tenga que ser volcada en pro del ciudadano y no de un partido político, puesto que los recursos que administran, pertenecen a todos los ciudadanos.
Existe una mala práctica de los gobernantes; cual es, el de eludir responsabilidades que la ley les impone, sobre rendir cuentas de sus actos, o informar al ciudadano de cuanto de dinero gastaron en la adquisición de bienes y servicios; cuales han sido las propuestas de contratación, o si ellas son útiles para la sociedad.
Haciendo una búsqueda de las páginas web de las instituciones del Estado, me sorprendí ver que ninguna de ellas, informa al ciudadano sobre lo que dije en el párrafo anterior, ni siquiera publican en sus páginas como hicieron las contrataciones, y otros aspectos que ellos deben obligatoriamente, poner en conocimiento de la población y no lo hacen, existiendo un deliberado incumplimiento de deberes.
La viveza criolla de algunos que viven de la política, les hacen pensar que el ciudadano común es un completo idiota; en algunos casos pueden hasta tener razón; sin embargo, la mayoría de los ciudadanos viven enterados de lo que pasa en el país y el mundo, esto como producto de la globalización de la información, ya que con un clic, el universo informativo se abre al servicio de hombres y mujeres, y eso hace que poco a poco se vaya también desechado esa mentalidad enraizada y equivocada, de “roba pero está haciendo algo” o “el otro gobierno robó más”.
Este pensamiento ha sido inculcado como una resonancia continua dentro de nuestros cerebros, como una forma de disculpar la corrupción que tanto daño nos hizo y continúa haciéndonos; es por eso que debemos comenzar a pensar que, si nosotros no controlamos a nuestros gobernantes si no practiquemos el accountability, jamás saldremos de ese círculo vicioso. Es por eso también que, siempre aposté por una educación de calidad, que nos permita salir del pozo en el que actualmente nos encontramos.
Nos quieren hacer creer que los gobernantes son dioses, y para ello hasta se crean seguidores y sectas de fanáticos que, por su pésimo grado de educación e ignorancia, se estrellan contra los que piensan de manera contraria, cuestionando a ciudadanos que piden que se transparenten los dineros públicos, porque eso es considerado un pecado para sus falsos dioses.
Estoy convencido de que, para gobernar un país, se necesita capacidad para solucionar problemas y no improvisar sin visualizar las consecuencias y remitiéndome a lo que Maquiavelo dice: (capitulo VII) "el príncipe (gobernante) llega al poder por mérito o por suerte", con ello vemos que, las consecuencias son desastrosas para una nación, cuando se llega a ocupar el poder por coincidencia.
A continuación, transcribo partes de la constitución y leyes, que creo es necesario conocer.
Constitución Política del Estado
Artículo 232. La Administración Pública se rige por los principios de legitimidad, legalidad, imparcialidad, publicidad, compromiso e interés social, ética, transparencia, igualdad, competencia, eficiencia, calidad, calidez, honestidad, responsabilidad y resultados.
LEY DE LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN, ENRIQUECIMIENTO ILÍCITO E INVESTIGACIÓN DE FORTUNAS 004
Artículo 10. (Derechos y Atribuciones del Control Social). De manera enunciativa pero no limitativa, son derechos y atribuciones del Control Social: a) Identificar y denunciar hechos de corrupción ante autoridades competentes. b) Identificar y denunciar la falta de transparencia ante las autoridades competentes. c) Coadyuvar en los procesos administrativos y judiciales, por hechos y delitos de corrupción
LEY DE UNIDADES DE TRANSPARENCIA Y LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN
ARTICULO 10. (FUNCIONES). l. Son funciones de las Unidades de Transparencia y
Lucha Contra la Corrupción, en el marco de la presente Ley, las siguientes:
6. Asegurar el acceso a la información pública, exigiendo a las instancias correspondientes en la entidad o institución, la otorgación de información de carácter público, así como la publicación y actualización de la información institucional en Transparencia y Lucha contra la Corrupción, salvo en los casos de información relativa a la defensa nacional, seguridad del Estado o al ejercicio de facultades constitucionales por parte de los Órganos del Estado; los sujetos a reserva o los protegidos por los secretos comercial, bancario, industrial, tecnológico y financiero, en el marco de la normativa vigente.



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