!GOLPE DE ESTADO!
- Marcelo R. Soza Álvarez

- 21 nov 2020
- 4 min de lectura

"ACTUALMENTE LOS GOLPES DE ESTADO SE LO HACEN DESDE EL ESCRITORIO" Marcelo Soza
CATEGÓRICAMENTE PODEMOS AFIRMAR QUE HUBO GOLPE DE ESTADO PRACTICADO POR LA ESTRUCTURA DE PODER DEL MAS.
El golpe de Estado es conocido como la ruptura del orden constitucional de un país, puede ser violento o no; es decir que: ya no se puede pensar en golpe de Estado como tradicionalmente se hacía mediante las armas y la toma violenta del poder, la moderna doctrina constitucional nos enseña que también puede haber golpe de Estado cuando las instituciones desde dentro del propio Estado avasallan y contrarían la constitución desconociendo el orden democrático de un país, y es eso lo que explicaré a continuación.
para entender a cuantos mandatos constitucionales Evo Morales tenia derecho comenzaremos diciendo que, la Constitución Política de 1967 delimitaba el mandato presidencial a 5 años, sin derecho a reelección; posteriormente, la Constitución Política de 2009, amplió a 5 años más a través de la reelección.
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE 1967
ARTICULO 87.-
I. El mandato improrrogable del Presidente de la República es de cinco años. El Presidente puede ser reelecto por una sola vez después de transcurrido cuando menos un Período Constitucional.
II. El mandato improrrogable del Vicepresidente es también de cinco años. El Vicepresidente no puede ser elegido Presidente ni Vicepresidente de la República en el Periodo siguiente al que ejerció su mandato.
Bajo esta premisa imperativa, Evo Morales, que comenzó su primer mandato el año 2006 y culminó el 2010, solo podía concurrir a un mandato más por expresa determinación de las DISPOSICIONES TRANSITORIAS que la parte PRIMERA dice:
II. Los mandatos anteriores a la vigencia de esta Constitución serán tomados en cuenta a los efectos del cómputo de los nuevos periodos de funciones.
Bajo esta descripción Evo Morales, además del primer mandato que culminaba en 2010, podía excepcionalmente ir a una reelección más, ya que la constitución de 2009 lo permitía por esa DISPOSICION TRANSITORIA PRIMERA, es decir, EL MANDATO DE Morales, concluirá inexcusablemente el 22 de enero de 2015, sin opción a otra reelección.
Pese a ese candado constitucional, de manera totalmente arbitraria, el poder Ejecutivo a través de los dos tercios que controlaba en el congreso boliviano, ordena que se emita una ley de aplicación normativa para hacer una interpretación de esa disposición transitoria, bajo esas circunstancias, instruye al Poder judicial que ya había sido tomado políticamente, para que apruebe esa ilegalidad y amplíe de manera arbitraria, un tercer mandato, mediante la declaración constitucional 003/2013.
En los hechos una ley no puede modificar la Constitución, rompiendo de esta forma el sistema democrático de un país, porque esa disposición transitoria (constitución de 2009), no podía modificarse a capricho de cualquier órgano del Estado para intereses personales y de grupo. NI LA ASAMBLEA LEGISLATIVA, NI EL ORGANO JUDICIAL PODÍAN MODIFICAR LA CONSTITUCIÓN, PORQUE ESA ES FACULTAD SOLO DE LA ASAMBLEA CONSTITUYENTE DERIVADA, Asamblea constituyente QUE FUE LA QUE CAMBIÓ TAMBIÉN ILEGALENTE LA CONSTITUCION DE 1967 pero ese ya es otro tema de análisis.
A partir del tercer mandato (22 de enero de 2015), Evo Morales, se constituye en dictador, ya que su mandato está fuera de los límites de la Constitución, y eso es lo que se denomina GOLPE DE ESTADO.
A partir de esa fecha, 22 enero de 2015, se instauró una dictadura en el país; por si fuera poco, la autocracia de Evo, llamó a un referéndum para consultar al pueblo sobre la posibilidad de ampliar su gobierno a un 4to mandato y con ello eternizarse en el poder; sin embargo, el pueblo boliviano el 21 de febrero de 2016, cansado del abuso de poder le dijo NO en las urnas negándole a Morales la posibilidad de prorroga.
Pese a esa negativa, nuevamente Evo Morales, recurre a sus fieles vasallos acantonados en el Órgano judicial para que: esos esclavos de la política y no de la ley, en total desconocimiento del referéndum del 21 de febrero, y del sistema democrático del país, nuevamente le amplíen la reelección a un 4to. Mandado al dictador, tal cual lo hicieron anteriormente; esta vez, con el argumento espurreo de la violación a un derecho humano como si el ser dictador de un país se constituiría en un DERECHO HUMANO.
Esos mal llamados jueces, fueron premiados por la dictadura en cargos expectables fuera y dentro del país, en retribución a esa obediencia, esa táctica por parte del gobierno de Morales, siempre fue recurrente cuando quería comprar la conciencia de sus vasallos.
Con todo esto, podemos concluir que: las dictaduras en cualquier parte del mundo, no cumplen ni la constitución ni la ley, es por eso que el pueblo boliviano, cansado de estos atropellos, y la violación sistemática de la constitución y la ley hecha por el gobierno de Morales, luego de conocerse el fraude en las elecciones nacionales de 2019 orquestado por el partido de gobierno MAS, se levanta con la finalidad de poner fin a la DICTADURA, dictadura que, por UN GOLPE DE ESTADO, se prolongó ilegalmente en el poder.
ENTONCES: SI HUBO GOLPE DE ESTADO FUE PRACTICADO POR EL GRUPO DE LA DICTADURA DE EVO MORALES, PORQUE LO QUE EL CIUDADANO BOLIVIANO Y LAS FUERZAS DEL ORDEN HICIERON A FINALES DEL PASADO AÑO, FUE RECUPERAR EL ESTADO DE DERECHO DE MANOS DEL USURPADOR y ese acto valeroso de los ciudadanos, obviamente no puede ser sancionado porque es atípico (no es delito porque no existía un gobierno constitucional) y ningún Juez que cumpla la ley puede procesar a esas personas por esos hechos, salvo por algún exceso o daño a los bienes públicos y eso ya es otra historia.



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