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DE TRANSGÈNICOS A TRANSGRESORES DE LA LEY Y LA CONSTITUCIÓN

  • Foto del escritor: Marcelo R. Soza Álvarez
    Marcelo R. Soza Álvarez
  • 9 may 2020
  • 2 min de lectura

foto obtenida de google


"Cuando los intereses de poder son más importantes que la salud alimentaria de la población, estamos frente a la inmoralidad; porque se valora más al dinero, que a la integridad física del ciudadano".

Transcripción del decreto supremo 4232


DECRETO SUPREMO 4232 ARTÍCULO ÚNICO. - De manera excepcional se autoriza al Comité Nacional de Bioseguridad establecer procedimientos abreviados para la evaluación del maíz, caña de azúcar, algodón, trigo y soya, genéticamente modificados en sus diferentes eventos, destinados al abastecimiento del consumo interno y comercialización externa.


Existe una incapacidad total por parte del actual gobierno para dirigir el país, porque no es dable pensar que sólo por decreto y por conveniencia se pueda gobernar, esto no es correcto porque hiere de sobremanera el estado de derecho, ya que no es la primera vez que lo hacen.


Parecería que aún estuviésemos viviendo en épocas de dictaduras militares que socavaron nuestra democracia, donde esas acciones de gobernar por decreto eran normales; Si bien los bolivianos logramos extirpar la dictadura que nos gobernó por más de trece años, algunas prácticas perniciosas, parecen haber sobrevivido a la dictadura, y que ahora son aplicadas por el actual gobierno.


Esta incapacidad de gobernar, va aún más allá, porque para justificar el decreto supremo 4232 usan, otros decretos supremos que han sido emitidos en la vigencia de la anterior constitución y otras leyes fuera de contexto-


Esta forma de actuar no es propia de autoridades que deben respetar el estado de derecho, sino por el contrario todo eso se convierte en un acto arbitrario por parte del poder ejecutivo; acto que necesariamente, debe ser frenado por los demás órganos independientes del Estado.


El decreto supremo 4232 emitido por el órgano Ejecutivo actual, vulnera la independencia de poderes, porque no tiene un respaldo de una ley que la sustente.

La constitución política del estado obliga al órgano legislativo a que legisle sobre producción, importación y comercialización de transgénicos, así lo dispone el artículo 409 de la constitución Entonces si no existe ley, y la propia constitución prohíbe la importación, producción y comercialización de organismos genéricamente modificados


¿COMO DIABLOS EMITIERON UN DECRETO SIN TENER UNA BASE LEGAL?


Artículo 409. La producción, importación y comercialización de transgénicos será regulada por ley.

Articulo 255 8. Seguridad y soberanía alimentaria para toda la población; prohibición de importación, producción y comercialización de organismos genéticamente modificados y elementos tóxicos que dañen la salud y el medio ambiente


Por esta razón, existe usurpación de funciones por parte del poder ejecutivo que no tiene la facultad de legislar; y por ende, este decreto 4232 se convierte en inconstitucional, porque atenta los principios básicos de la Independencia de poderes y que debe necesariamente ser anulado mediante el control de constitucionalidad.


Además de la inconstitucionalidad del Supremo 4232, debemos tomar en cuenta que, dicho D.S., atenta contra los principios descritos en la ley 071 de derechos de la Madre tierra y la ley numero 300, sobre ley marco de la madre tierra y desarrollo integral para vivir bien,y otras leyes 144, 622, etc.


Entonces, bajo ese razonamiento jurídico el decreto supremo 4232 sobre transgénicos y su consumo interno debe ser anulado, además que nosotros como país no conocemos a ciencia cierta LOS EFECTOS NOCIVOS QUE PUEDA CAUSAR A LA SALUD DE LOS CIUDADANOS, es por eso que necesitamos previamente de una ley que regule su aplicación.

 
 
 

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Marcelo

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